San Rafael, Mendoza viernes 19 de abril de 2024

El máximo tribunal de Córdoba falló contra la minería a cielo abierto

mineria aMientras en Mendoza aún se espera definición de la Suprema Corte al respecto,  el máximo tribunal de Córdoba convalidó la ley provincial 9.526, sancionada en 2008 afirmando que el medio ambiente constituye “un bien colectivo superior”. La citada norma impide la explotación minera a cielo abierto.
El TSJ cordobés rechazó así la acción declarativa de inconstitucionalidad que habían planteado en 2009 los representantes de la Cámara Empresaria Minera de la Provincia de Córdoba (Cemincor) y de la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN).Los magistrados esgrimieron que la Ley 9526 fue dictada “dentro de las competencias propias de la provincia de Córdoba en materia ambiental”, razón por la cual constituye “una norma complementaria a las nacionales en materia minera y que hace esencialmente al ejercicio del poder de policía reglamentario relativo a la cuestión ambiental”.
Asimismo, destacaron que la norma tiene por fin “amparar un uso razonable del agua y mantener en niveles aceptables los efectos contaminantes de determinadas y puntuales actividades, prácticas y procesos mineros, para lo cual ha tenido en cuenta muy especialmente que el método de lixiviación química resulta inaceptable desde la perspectiva ambiental contemporánea”.
Ese método, generalmente empleado en la “minería a cielo abierto”, consiste en la aplicación de una sustancia química (cianuro, mercurio u otras, como ácido sulfúrico, que se maneja en la extracción de uranio), mezclada con agua, para la separación de los metales del resto de los minerales que los contienen, razón por la cual se hace necesario acudir a embalses o represas para el almacenamiento de los productos residuales denominados “diques de cola”.
De acuerdo con los vocales del TSJ, existe “consenso en la literatura respecto a que ninguna actividad industrial es tan agresiva al ambiente como la minería metalífera a cielo abierto”.
En ese sentido, refirió que, según el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba, está comprobado empíricamente que “la actividad minera que se desarrolla a ‘cielo abierto’, con utilización de procedimientos químicos, daña severamente el ambiente y en consecuencia a los seres humanos”.

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