Héctor Narváez relató que, subió a un colectivo de esa empresa y que, a pesar de contar con Certificado Único de Discapacidad, el chofer lo obligó a pagar el pasaje, o bien, a bajarse.
Héctor, de 27 años, tiene la columna desviada y la paleta fuera de lugar. El miércoles 1 de abril cerca de las 17.30 quería trasladarse desde su domicilio hacia el centro para realizar unos trámites. Para eso, subió en Balcarce y Ortiz de Rosas, al interno 53 de Iselín y le pasó al chofer el certificado, quien le dijo que “con esa licencia no podía viajar”. El damnificado asegura que siempre se ha movido con ese documento y que es la primera vez que le pasa, a pesar de ser un asiduo usuario de ese servicio prestado por la misma empresa de transportes.
Se lo dijo al chofer, quien de todas maneras, no le permitió viajar.
Más tarde subió a otro colectivo de Iselín en Alberdi y Balcarce, y el chofer de ese otro coche, lo dejó viajar sin problemas. “Fue aquel chofer y ese día, porque siempre tomo el micro ahí y nunca he tenido problemas”, dijo Héctor.
Desde Pirámide Informativa consultamos en la empresa y nos dijeron que la persona con discapacidad tiene que presentar una serie de documentaciones para que se le dé una tarjeta especial con la que se le permitirá viajar normalmente. Algo distintos ocurre con otras empresas, como Buttini por ejemplo, donde con la sola presentación del certificado permiten que el discapacitado viaje.
Por su parte, la delegada zona sur del Ministerio de Transporte de Mendoza, Claudia Parodi, señaló que en colectivos urbanos, el pasajero discapacitado tiene derecho a viajar simplemente mostrándole al chofer el certificado y si fuese requerido, el DNI para chequear la identidad del pasajero. Si bien no estaba al tanto de que hubiera cambios en el sistema interno de Iselín, no descartó que esa empresa haya hecho modificaciones de esta naturaleza para que quede algún tipo de constancia de que hay sobre la unidad, una persona discapacitada viajando. Es que en caso de haber un accidente, para cualquier pasajero la posesión del boleto, es su prueba ante el seguro de que viajaba en el colectivo. En el caso de las personas discapacitadas, no queda registro alguno, por lo que es factible que Iselín haya hecho esos cambios.
Cabe decir, sin embargo, que la Ley 22.431 establece que para viajar, es suficiente la presentación del certificado y del documento.
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