San Rafael, Mendoza 24 de noviembre de 2024

La oposición local intentará frenar la ley de Hidrocarburos

La UCR quiere que se declare la “no aplicabilidad”. El PD, en tanto, busca forzar su paso por la Legislatura.imagenEl acuerdo de Pérez con Galuccio anuncia un nuevo conflicto.

Sobre el fin de las sesiones ordinarias en la Legislatura, el radicalismo presentó un proyecto de ley para declarar la “no aplicabilidad” de la ley de Hidrocarburos. El texto ingresó el jueves y buscará ser el inicio de una estrategia que apunta finalmente a que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional que ya rige en todo el país.


A su vez, el Partido Demócrata también instó a que la Legislatura “rechace la nueva Ley” y la transforme en una “ley convenio” que obligue a que el texto pase por la Legislatura provincial.

La nueva ley que regula la exploración y explotación de combustibles no convencionales (crudo pesado en el caso de Mendoza) fue sancionada el jueves pasado en el Congreso y el viernes quedó promulgada como la Ley 27.007 y publicada en el Boletín Oficial con el decreto 2009/2014. Así se modifica, incorpora y derogan artículos de la anterior ley nacional 17.319.

Pero más allá de su vigencia  en todo el territorio nacional, en Mendoza siguen en pie los cuestionamientos a la nueva regulación.

Estas críticas nacen en el mismo borrador que el gobernador Francisco Pérez anunció el 11 de junio, cuando dio a conocer algunos puntos y prometió un “acuerdo político” con los legisladores tanto nacionales como provinciales. Esto, entendiendo que una vez que se convirtiera en ley nacional el texto pasaría por la Legislatura para ser ratificada.

Pero el 18 de setiembre, el Gobernador cerró el borrador en Buenos Aires y al regreso anunció que el proyecto (que ese día ingresó al Senado de la Nación)  no pasaría por la Casa de las Leyes para ser ratificada.

“Como un gesto político podemos llegar a comunicarla”, prometió y dejó sin efecto el debate que se esperaba en la Legislatura. Es por eso que, a partir de allí y con la premisa de qué hacer para revertir una ley nacional, en el fin de las sesiones ordinarias la UCR planteó una estrategia que apunta a dejar sin efecto la flamante Ley 27.007.

“La ley fue emitida en manifiesta violación de las autonomías provinciales y afecta los intereses patrimoniales, políticos, económicos y sociales de la Provincia de Mendoza”, señaló el senador Juan Carlos Jaliff (UCR), autor del proyecto que busca frenar la medida nacional.

El documento pide expresamente “no aplicar la norma nacional” hasta que “la Nación y la Provincia suscriban un acuerdo marco que establezca las normas de coordinación necesarias para permitir el ejercicio armónico de las respectivas competencias”.

“Cuando se habla de la representatividad de la Provincia se entiende que quien debe intervenir es la Legislatura, no el Gobernador”, señaló el abogado constitucionalista Víctor Ibáñez en torno a las negociaciones que llevó adelante Pérez con los gobernadores de las provincias petroleras que integran la Ofephi y el CEO de YPF, Miguel Galuccio.

En la estrategia con la que pretenden avanzar en el radicalismo, están quienes consideran que una ley de “no aplicabilidad” sienta “un precedente para pelear, además de ser una señal política muy fuerte”.

Frente a esto, en el oficialismo responden: “Decir que no es aplicable es una opinión política”. En este sentido, el senador Fernando Simón (FPV) adelantó que una eventual ley (necesita la simple mayoría) no tiene ningún efecto jurídico.

“Declarar la inaplicabilidad de la norma en la Provincia es un hecho que terminaría por sentar un precedente para una pelea judicial. Es un mensaje que la Legislatura estaría dando a la Corte Suprema. Si logramos los votos  se produciría un conflicto entre las dos leyes y ahí empezaría lo jurídico”, confían los radicales y apuntan a la vía judicial para continuar con una eventual declaración de inconstitucionalidad.

Interpretaciones
Las principales modificaciones que establece la nueva Ley  27.007 a la 17.319 fueron objeto de debate en el conjunto del arco opositor, el cual apuntó a la inconstitucionalidad de la norma.

La discusión parte de los límites del artículo 124 de la Constitución Nacional, que establece que “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”. Este se corresponde con el artículo 1° de la Constitución provincial, el cual dice que los yacimientos hidrocarburíferos pertenecen al patrimonio provincial.

“Si el legislador federal está invadiendo algo que la Constitución Nacional dice que corresponde a la provincia, en todo caso podría haberse salvado de alguna manera”, sostuvo Ibáñez en torno a la idea de haber contemplado un debate local. El abogado consideró que, de avanzar hacia la inconstitucionalidad de la norma, es “facultad de Fiscalía de Estado advertir la situación ya que su atribución es guardar el patrimonio del fisco”.

En respuesta, el fiscal de Estado subrogante, Javier Fernández, señaló que “en el caso que se advierta que hay un perjuicio para la provincia se le puede hacer ver al Gobernador e instar los procedimientos”, aunque consideró que “es muy difícil analizar en abstracto” una ley. “Tiene que presentarse el perjuicio primero, como sucedió con la Promoción Industrial”, explicó.

“Este perjuicio es difícil de cuantificar”, matizó el diputado nacional del PD, Roberto Pradines, quien apoya la idea de avanzar hacia la inconstitucionalidad de la Ley.

Simón se amparó en una sentencia similar de la Corte Suprema de la Nación que terminó por beneficiar la postura que hoy se sustenta a nivel nacional. “No podemos tener fallos a la carta”, anticipó el legislador.

“La ley Corta transfiere los dominios a los recursos de las provincias. El alcance que tiene dicha transferencia de dominio quedó zanjado con una sentencia de la Corte en el caso Chevron contra Neuquén.

Allí sólo se reconoció a las provincias el dominio originario, más no la jurisdicción sobre ellos. Esto no se ve alterado por la ley Corta, que mantiene la responsabilidad sobre el diseño de la política energética en cabeza del Ejecutivo nacional”, citó Simón.

“La ley surge de una negociación muy complicada en algunos momentos, pero como parte de una negociación muestra su equilibrio: no es todo lo que la Nación planteaba en el borrador ni todo lo que queríamos las provincias”, valoró el senador oficialista.

 Los argumentos radicales

La ley es criticada por legislar desde la Nación aspectos que corresponden a la Provincia. Los argumentos hacen foco en los aspectos más sobresalientes de la nueva ley.

1) Las prórrogas petroleras. Se extienden tanto los plazos básicos como las prórrogas en las concesiones. “Son facultades de la Provincia no delegadas a la Nación. Con esta Ley se les garantiza una prórroga cuasi indefinida”, señaló el senador Moralejo.

2) Acuerdos tributarios. La Ley se sustenta en el acuerdo de la Ofephi bajo el argumento de estabilidad tributaria. Esto, según la Constitución Nacional lo establece la Legislatura y no el Ejecutivo. En ese acuerdo se instaura un tope a la alícuota de los Ingresos Brutos en un 3% y un un techo para las regalías del 12% .

3) Las empresas provinciales no cobrarán acarreo. Emesa podrá asociarse con privados en la etapa exploratoria y para la explotación tendrá que salir a buscar financiamiento, ya que la nueva ley obligará a poner capital.

La postura demócrata

El presidente del PD, Richard Battagión, pidió que “la ley marco de promoción de inversiones tenga un carácter de ley convenio”, por lo que sería necesaria la ratificación de la Legislatura.

Según enumeró el demócrata, los principales puntos en discordia son:

1) Nacionaliza la política petrolera. Las provincias, titulares del recurso, quedan como meras espectadoras.

2) Autoridad de aplicación. Obliga a las provincias a licitar las áreas con un Pliego de la Secretaría de Energía.

3) Legislación ambiental. Legisla sobre la unificación de normas ambientales siendo que esta potestad  es de las provincias.

4) Materia impositiva. Obliga a unificar los impuestos provinciales con lo que limita las potestades provinciales en la materia.

5) Establece unilateralmente el canon de exploración, el bono de prórroga y las regalías de explotación a pagar por el concesionario y excluye el concepto de “acarreo” o posibilidad de asociación de las provincias con el inversor.

Fuente: http://www.losandes.com.ar/article/la-oposicion-local-intentara-frenar-la-ley-de-hidrocarburos
 Gentileza Cinthia Olivera – colivera@losandes.com.ar

 

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