San Rafael, Mendoza viernes 19 de abril de 2024

Se aprobó la modificación de la Ley de Contabilidad que permite el normal funcionamiento del Estado

contabilidadMendoza. Ambas cámaras del Poder Legislativo sancionaron el proyecto para reglamentar el proceso de reconducción del Presupuesto. Será aplicada hasta la entrada en vigencia de la próxima pauta de gastos.

La Legislatura aprobó las modificaciones a la Ley de Contabilidad provincial que reglamenta el proceso de la reconducción del Presupuesto, tal como establece la Constitución de Mendoza en el artículo 99º.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo tiene como objetivo que exista un marco regulatorio para la administración de “todos los recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado”, ante la falta de una Ley de Presupuesto, según el texto.

Para el ministro de Hacienda, Marcelo Costa, “la iniciativa impulsada por el Gobierno provincial obedece a la negativa sistemática de la oposición a continuar con la discusión legislativa que permita a la Provincia contar con un Presupuesto en 2014”.

La norma aprobada anoche en ambas cámaras es una herramienta con la que cuentan todas las administraciones provinciales y la Nación. Hasta el momento, la Ley de Contabilidad no establecía de manera precisa cuál es el procedimiento a seguir cuando no hay Presupuesto aprobado. Será aplicada hasta la entrada en vigencia de la nueva Ley de Presupuesto.

Para Costa, “la modificación busca evitar alguna discusión en el futuro sobre si un gasto es ordinario o extraordinario. Queremos dar claridad para que no exista ningún problema”.

Detalles de la nueva ley

La nueva Ley realiza una distinción entre partidas ordinarias y extraordinarias. El texto considera ordinarias a “todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas”. Mientras que entiende por extraordinarias las partidas de “recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro”.

La norma establece que en el caso de las erogaciones del Presupuesto reconducido, se deberán realizar las siguientes consideraciones: suprimir las erogaciones financiadas con recursos específicamente afectados no repetitivos, incluir los créditos presupuestarios indispensables para el pago de la amortización de la deuda pública e incluir los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad de los servicios del Estado.

En el caso del financiamiento, la ley especifica que sólo podrá destinarse para hacer frente al pago de los intereses y amortización de la deuda pública. Las autorizaciones otorgadas a proveedores que financien erogaciones de capital sólo podrán ser destinadas a la adquisición de bienes para la prestación de servicios de Salud y Seguridad pública, con comunicación a la Legislatura dentro de los 30 días corridos.

El proyecto fue aprobado por 23 votos a favor (de los bloques del Frente para la Victoria, Nuevo Encuentro, Leandro Alem y Unidad Popular), 17 en contra (del bloque de la UCR) y 5 abstenciones (del PD). En tanto que los diputados Fabián Miranda (FPV), Humberto Montenegro (UCR) y Daniel Cassia (Frente Renovador) estuvieron ausentes.
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