Por fuera del ámbito del Congreso de la Nación, las organizaciones ambientales han cuestionado la eliminación de esta prioridad. Uno de sus referentes en Mendoza como parte de la Asamblea en Defensa del Agua, Marcelo Giraud, destacó “la alarma y la indignación” de estas organizaciones a lo largo del país.
Giraud recordó que esta inclusión se encontraba en consonancia con lo estipulado por la Organización de las Naciones Unidas respecto del agua potable y del saneamiento, como un derecho esencial en un mundo en el que más de 800 millones de personas sufren su carencia. Precisamente, el 19 de noviembre, el organismo internacional celebró el Día del Inodoro, con la misión de recordar que el acceso a este servicio público es un problema cotidiano para mil millones de personas en todo el mundo. Según la ONU, unas 7.500 personas mueren a diario por falta de saneamiento.
Giraud, conocido por sus críticas a la utilización industrial del agua para la explotación de yacimientos de multinacionales, no ve en la eliminación de este artículo una influencia evidente del lobby minero, y argumenta: “La variedad de lugares donde este derecho se está vulnerando es grande. Es uno de los derechos más básicos que debería estar garantizado. Implica un costo. Me queda la duda de cuál fue la intencionalidad. Lo que está en cuestión es si el agua potable es un derecho humano o es un bien transable al que se puede acceder a través del mercado”, expresando sus dudas al respecto.
Desde OIKOS, Eduardo Sosa remarcó la “enorme oportunidad que podría perderse si no se respeta el proyecto original”. En su lugar, resalta el nuevo artículo, deben respetarse las normas de presupuesto mínimo cualquiera sea la jurisdicción, “lo cual es una obviedad, ya que las leyes deben respetarse sea el ámbito que fuere y, además, las leyes citadas son de orden público, es decir, de cumplimiento obligatorio en todas las jurisdicciones, más allá del deseo local de querer aplicarla”, aclaró.
Para Sosa, la eliminación de este tópico representa “un retroceso” en relación con el avance de los derechos de incidencia colectiva en la región.
Según Viale, la eliminación de este artículo tiene efectos concretos y no meramente enunciativos. Se trata, en definitiva, de un proceso de privatización del agua que se observa en toda la región. Con esto, el abogado apunta hacia uno de los insumos principales de dos actividades industriales en las que los ambientalistas han puesto el ojo de manera crítica por su uso a escala industrial.
Por un lado, la actividad minera, con un debate que, en Mendoza, paralizó grandes proyectos de inversión y explotación, como el de San Jorge, en Uspallata. Por el otro, la actividad petrolera, donde ya surge el debate sobre el método de fracking y su prohibición en departamentos como el de General Alvear, por la oposición de los regantes de la cuenca del Diamante. “Se trata de la mercantilización del agua”, advirtió Viale. Y agregó: “Sólo el que puede pagar tendrá derecho al agua, y el que no pueda no tendrá acceso”.
Fuente: El Sol
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