San Rafael, Mendoza viernes 22 de noviembre de 2024

Nueva resolución de Defensa al Consumidor sobre Libro de Quejas

SupermercadoLas empresas prestadoras de servicios y comercios en general deberán habilitar un “Libro de Registro de Quejas” donde los consumidores y usuarios asentarán sus reclamos.

La Dirección de Defensa al Consumidor aprobó la Resolución 158 por la que se exige a las empresas prestadoras de servicios y comercios en general, comprendidos en la Ley 5547 que deberán habilitar un “Libro de Registro de Quejas” en donde consumidores y usuarios podrán asentar sus reclamos.

Si bien existía esta exigencia, mediante una Resolución se modificó para facilitar su control e impedir su adulteración y se le agregó el pago de un canon, a partir del ejercicio fiscal 2014.

Esta Resolución establece que este Libro deberá ser habilitado anualmente por la Dirección mediante la foliatura de sus hojas, que deberán ser 100. Llevará la rúbrica del director en la primera y última hoja con indicación de fecha, previo pago de un canon que será fijado en la Ley de Impositiva de 2014.

La nueva homologación corresponderá una vez agotadas todas las hojas del Libro de Registro de Quejas o de su vencimiento anual y los libros no vigentes deben ser archivados por 3 años. Además debe encontrarse en un lugar visible para el consumidor y debidamente señalizado dentro del local comercial. Deberán mantener la integridad material del mismo, sin tachaduras ni enmiendas ni agregados entre líneas, siempre y cuando no hayan sido salvados con la firma del reclamante.

El consumidor o usuario debe asentar su queja con tinta, colocar la fecha y hora y firmarlo e indicar su número de documento y domicilio.

Cuando los inspectores provinciales y municipales lo exijan, los proveedores de bienes y servicios deberán otorgárselos.

Los hechos que el consumidor asiente en el libro de quejas se tendrán por ciertos, hasta tanto el proveedor  o comercio no de respuesta a los mismos mediante notificación fehaciente al domicilio del reclamante, en el plazo de 10 días corridos.

 

 

 

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