San Rafael, Mendoza 23 de noviembre de 2024

La Corte nacional volteó reclamos por regalías

Suprema Corte1Falló a favor de YPF para que se liquiden al valor local. Tambalea la decena de demandas de Mendoza a petroleras por 70 millones.
Por decisión unánime de sus siete miembros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo suyos los argumentos de YPF acerca de que «las regalías deben calcularse y pagarse tomando como base los precios efectivamente obtenidos o facturados por las operaciones de comercialización» (en el mercado interno).
Y rechazó la pretensión de la provincia de Mendoza -presentada por el ex gobernador Roberto Iglesias en 2002 y activada por su sucesor Julio Cobos en 2007- para que las regalías «se recalculen y paguen como si se hubiere tratado de operaciones de exportación, a valores notoriamente superiores».

Los jueces «supremos» Lorenzetti, Fayt, Petracchi, Zaffaroni, Highton de Nolasco, Maqueda y Argibay respaldaron el dictamen no vinculante de la procuradora Gils Carbó, sobre la base de una resolución de la Secretaría de Energía de la Nación contra un planteo similar anterior de Neuquén.

El fallo desestima el juicio de nuestra provincia contra YPF por 22,7 millones de pesos, pero existen al menos otras nueve acciones judiciales contra otras petroleras y el mismo YPF que, en total, suman 70 millones de pesos, según confirmaron fuentes seguras en la Casa de Gobierno. «Después de este fallo estamos evaluando qué vamos a hacer con los otros reclamos judiciales», dijeron en la Casa de Gobierno donde se evalúa seriamente un desistimiento.

El fallo de la Corte responde a una «acción declarativa de certeza» pedida por YPF contra Mendoza ante «el estado de incertidumbre causado por la (nueva) interpretación», para la liquidación de regalías reclamada por Mendoza.

En 2007 las demandas de la provincia incluyeron a la totalidad de las petroleras con actividad en el territorio provincial. Por entonces YPF estaba en manos mayoritarias de Repsol, con capitales argentinos (Eskenazi) y todavía faltaban diez años para la reestatización parcial de hace dos años.

El fallo de la Corte transcribe argumentos de la Secretaría de Energía especialmente duros contra el reclamo mendocino.

«Este proceder (de Mendoza) interfiere en forma manifiesta en la política nacional de hidrocarburos porque tiene la virtualidad de encarecer su precio en el mercado local, al tomar como referencia valores de boca de pozo que se alejan de los precios realmente obtenidos por la producción nacional».

También agrega que esto «compromete los acuerdos de estabilidad de precios sobre hidrocarburos que intenta sostener el gobierno con el objeto de reducir las expectativas inflacionarias, afecta los derechos de los usuarios de combustibles (que deberían pagar mayores precios), discrimina entre provincias que exportan» y que no exportan hidrocarburos. Y abunda subrayando que «significa aplicar una gabela sobre una base inexistente, exorbitante, ficticia, e inaplicable dado que resulta público y notorio que los precios de venta del petróleo (en el país) son muy inferiores a la cotización internacional».

Y finaliza: «La Corte decide hacer lugar a la demanda seguida por YPF contra la Provincia de Mendoza y declarar la improcedencia de la pretensión fiscal que la demandada exterioriza».

Fuente: Diario Los Andes
Marcelo Sivera – msivera@losandes.com.ar
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