El Departamento General de Irrigación prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia del Plan Cuentas Claras. La prórroga, realizada mediante la Resolución N°426/2013 permitirá a los usuarios que mantengan deudas con el DGI suscribirse al plan de pago con importantes bonificaciones en los intereses devengados. Cabe destacar que ya son más de 20 mil hectáreas las que regularizaron su situación a través de este plan.
Es importante destacar que esta prórroga tiene un cambio importante. «Caducarán todos los planes de pagos suscriptos que al 1 de julio de 2013 registren cuotas vencidas impagas del plan o del ejercicio vigente. De esta forma perderán las bonificaciones otorgadas, se procederá a la restricción inmediata del servicio y se iniciará o proseguirá la acción de apremio,» informó el Departamento General de Irrigación.
Agre la información que «una vez producida la caducidad de un plan de pago, sólo se podrá regularizar la deuda mediante la suscripción de un nuevo plan de pago, pero en este caso sólo podrán hacerlo gozando de la bonificación de la mitad de los intereses establecidos para cada caso, según corresponda.»
Plan Cuentas Claras
El Plan es un régimen especial de regularización y facilidades de pago, válido para tributos por uso especial de agua superficial y/o subterránea, según la Resolución Nº 210/12 de Superintendencia.
Agua Superficial
Los usuarios de Agua Superficial que adeuden hasta seis cuotas del canon anual (anteriores al 31 de diciembre de 2012), «podrán obtener un plan de pago de hasta 12 cuotas mensuales o seis bimestrales, sin intereses de financiación y con una bonificación equivalente al 80% de los intereses devengados. Pero, si la deuda supera a las seis cuotas del canon anual, podrán acceder a una bonificación del 60% de los intereses devengados, con la posibilidad de financiar el monto en 24 cuotas mensuales o 12 bimestrales.»
Agua Subterránea
En cuanto a los usuarios de aguas subterráneas, «estos podrán acceder a un plan de hasta 24 cuotas mensuales o 12 bimestrales, sin intereses de financiación y con una bonificación equivalente al 60% de los intereses devengados.»
Ambos usuarios podrán acceder a estos beneficio si cancelan de contado las cuotas pendientes del ejercicio vigente, excepto los casos cuyas propiedades hayan sido incluidas en los beneficios de «Emergencia o desastre agropecuario» durante dos periodos, alternados o consecutivos, en los últimos cinco años, a quienes sólo se les exigirá el pago de contado de la primera cuota del plan.
Tierras abandonadas, incultas o fuera del circuito productivo
Con respecto a las tierras abandonadas, incultas o fuera del circuito productivo, de hasta 10 hectáreas, se otorgará un plan de pago por el total de la deuda de hasta 10 cuotas anuales. En este caso, la tasa de financiación será del 12% anual sobre saldo.
Se destaca que el otorgamiento del plan de pago implicará el levantamiento de la sanción de «corta del suministro», mientras se mantenga al día en el pago de las cuotas. Caso contrario, se producirá la caducidad del plan, de las bonificaciones otorgadas y la estricción inmediata del servicio. Posteriormente se dará inicio a la acción de apremio, según corresponda.
Para más información, los interesados podrán realizar las consultas pertinentes al teléfono 0800-222-2482, en www.agua.gob.ar, su Inspección de Cauce o Subdelegación de Aguas.
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