San Rafael, Mendoza jueves 28 de marzo de 2024

Con polémica, se aprobó la Extinción de Dominio en Mendoza

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La Cámara de Diputados dio luz verde a la media sanción final del proyecto, que permite al Estado apropiarse de los bienes que sean fruto de la corrupción.

Este miércoles, la Cámara de Diputados dio la media sanción faltante al proyecto de Extinción de Dominio y lo convirtió en ley, permitiendo así que el Estado pueda apropiarse de los bienes provenientes de hechos de corrupción.

Al igual que lo ocurrido durante el tratamiento en el Senado, el peronismo y el kirchnerismo se separaron, ya que estos últimos votaron en contra de la medida, al igual que el FIT.

Así, cuando una persona esté imputada, los bienes que sean fruto de los hechos denunciados, ya sea por corrupción, trata de personas, explotación de la prostitución o pornografía infantil, serán destinados a la mejora y construcción de establecimientos educativos. 

Ver imagen en TwitterUno de los principales puntos de debate fue la naturaleza del proyecto, porque para la oposición se trata de una medida penal, mientras que para el oficialismo es de naturaleza civil. El peronismo aseguró, al igual que en el Senado, que por este motivo la ley va en contra de la Constitución.

Por otro lado, también se cuestionó su origen, ya que el proyecto enviado por el gobernador Alfredo Cornejo se basa en el Decreto de Necesidad y Urgencia publicado por el presidente Mauricio Macri, que establece la misma acción a nivel nacional. Dado que en la Comisión Bicameral se la rechazó, la oposición mendocina sostiene que no tiene sustento, pero se votó a favor.

Extinción de Dominio

En caso de que una persona sea imputada por corrupción, se podrá iniciar un proceso de acción civil de extinción de dominio en su contra. Una vez iniciada la demanda, para defenderse el imputado tendrá dos opciones: comprobar que los bienes los adquirió antes del hecho denunciado o demostrar cómo adquirió esos bienes.

Luego de esto, el juez evaluará lo presentado. En caso de que el imputado no justifique la incorporación de lo denunciado a su patrimonio, dicta la sentencia de extinción de dominio.

Según explicó el presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados, Jorge Albarracín, a pesar de que en lo penal existe el decomiso anticipado, «mientras más bienes sean, más se demoran los procesos penales y terminan desapareciendo». En Argentina, el promedio para llegar a una condena es de 14 años.

«Esto se realiza sólo con los procesos en trámite. A veces hay condena, pero la situación patrimonial sigue igual. No puede ser que queden condenados y ricos», enfatizó.

Dentro del Frente Cambia Mendoza, el PRO votó a favor, al igual que el Frente Renovador, mientras que el demócrata Marcos Niven aseguró que el proyecto presentaba «deficiencias», pero lo acompañó debido «al mensaje que envía a los delincuentes».

Desde el PJ, la diputada Claudia Segovia criticó el proyecto por ser «un decomiso sin condena», criticando tanto el DNU de Macri como la iniciativa de Cornejo.

«Esto debería ser un proceso autónomo, dentro del proceso penal. El oficialismo pone como ejemplo a Colombia, pero ahí lo tienen contemplado dentro de la Constitución. Esto es penal, no civil», sostuvo.

En el kirchnerismo, Lucas Ilardo aseguró que se trata de una maniobra distractoria del oficialismo que no aporta soluciones, pero que también es «peligrosa» ya que «le puede pasar a cualquier persona que lo inculpen de algo y lo condenen sin pruebas».

Fuente:https://www.elsol.com.ar/se-aprobo-la-ley-de-extincion-de-dominio

 

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