San Rafael, Mendoza viernes 29 de marzo de 2024

Mónica Farro cometió el delito de encubrimiento según el fiscal Alejandro Cantaro

Monica-Farro1El doctor, que trabaja en la causa de narcotráfico que involucra a Juan Suris, aseguró que la vedette uruguaya podría ser juzgada y recibir una condena de uno a seis años de prisión

Juan Suris, amigo de Leo Fariña, fue detenido el lunes por la Policía de Seguridad Aeroportuaria cuando salía del departamento de su pareja, Mónica Farro. Ahora la vedette uruguaya podría ser acusada del delito de encubrimiento en una causa por narcotráfico en la que investigan a su novio.

El fiscal de la causa, Alejandro Cantaro, habló sobre Farro desde Bahía Blanca en una entrevista con Chiche Gelblung por C5N: «Objetivamente los elementos indican que hay un encubrimiento. Una persona que sabe que está teniendo oculto en su domicilio a alguien que está siendo buscado por la justicia, es objetivamente un delito de encubrimiento».

Además, explicó que el juez Martínez todavía no ordenó la detención de la vedette: «El juez Martínez pese a tener la certeza por la Policía de Seguridad Aeroportuaria que se había constatado de que Suris había estado allí, no ordenó la detención, sino sola la notificación de la sujeción a la causa de Farro».

La vedette declaró ante los medios que sabía sobre el pedido de captura que tenía Suris y explicó que durante el allanamiento que se realizó en su departamento no encontraron dólares falsos ni drogas.

Matías Morla, abogado defensor de Mónica, había declarado que su cliente no había cometido ningún encubrimiento: «El delito de encubrimiento tampoco lo hizo. Mónica nunca lo escondió. Él fue detenido con las llaves de la casa de Mónica y aún se demuestre que realizó actos para ocultarlo, ella estaba en concubinato, entonces no hay delito. El delito de encubrimiento es participar y colaborar para esconderlo de la Justicia».

Cantaro volvió a ratificar que sí la pueden imputar a la actriz uruguaya: «A mi juicio los elementos objetivos están dados. Lo que menciona el abogado, esta excusa absolutoria, esta causa de no punibilidad que prevé el Código Penal para algunas personas cuando se da el delito de encubrimiento, sobre todo en uno que agrava su pena cuando está relacionado con un delito grave como en este caso. Piense que estamos hablando de una pena de uno a seis años de prisión. Si el Código Penal va a decidir que no va a penar a alguien con una pena de amenaza tan severa, establece algunas reglas que plantean como un ‘dilema’ moral entre ocultar a la persona buscada o entregarla».

Fuente: INFOBAE

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